La mejor manera que tienen los propietarios de estar tranquilos cuando ponen su piso en alquiler es contratando un seguro de impago de alquiler. La garantía estrella es la que cubre los impagos de las rentas, pero las pólizas cubren mucho más que eso: ofrecen asesoramiento al propietario sobre cualquier problema relacionado con el arrendamiento o los inquilinos y cubre todos los gastos jurídicos relacionados con el alquiler. ARAG ofrece todas las respuestas a cómo funcionan este tipo de seguros para la vivienda.
Es un seguro de Defensa Jurídica que protege al propietario ante cualquier problema que pueda surgir con el alquiler de su vivienda, desde un impago a un desacuerdo con el inquilino sobre quién debe pagar una reparación. Los gastos de abogados, procurador o tasas quedan garantizados y, además, en caso de que haya un impago del alquiler, ARAG adelanta las rentas impagadas mientras se está llevando el caso.
Aparte de asumir las mensualidades, ARAG intenta mediar con el inquilino desde el primer mes que deja de pagar, advirtiéndole de sus obligaciones. Y, en las situaciones en las que no es posible llegar a acuerdos, se pone en marcha la maquinaria judicial, aunque los propietarios pueden desentenderse del proceso. Si se acaba tramitando un desahucio, la póliza también indemnizará por los actos vandálicos y por el pago de los gastos ocasionados por la limpieza de la vivienda. Además, ARAG se ocupa de mediar también en cualquier problema que pueda surgir entre el inquilino y alguno de sus vecinos.
Por tranquilidad. Si hay cualquier problema, ARAG estará allí para resolverlo. Los profesionales de la compañía aseguradora están especializados en el alquiler, por lo que cualquier gestión que se deba realizar se hará con la mayor rapidez y agilidad. Y, por supuesto, para ahorrar dinero. Una reclamación por un impago puede suponer un desembolso importante que se suma a las pérdidas de los ingresos de las rentas que no se están pagando. Con la prima del seguro todo está cubierto.
ARAG Alquiler es un seguro que da garantías a los propietarios que alquilan su piso ante cualquier imprevisto, incluso en casos de impago. Pero ¿qué incluye la póliza?
El precio del seguro de impago de alquiler varía en función de los servicios que contrate cada cliente, ya que la póliza es flexible y adaptable a las necesidades de cada propietario. Por ejemplo, los arrendadores pueden escoger el número de meses que quieren que el seguro cubra en caso de impago (normalmente son 12) o si queremos eliminar la franquicia del primer mes en el adelanto de las rentas.
De media, el coste del seguro de alquiler rondará entre el 3% y el 5% de las rentas anuales que el propietario obtenga.
Antes de contratar el seguro de impago de alquiler se debe realizar un estudio de solvencia del inquilino. Siempre es mejor hacer ese estudio antes de firmar el contrato de alquiler: será más fácil pedir la documentación al inquilino y, si el estudio sale denegado, se podrá encontrar una solución incluyendo más documentación o a un avalista.
Los inquilinos no pueden destinar al alquiler más del 40% de la suma de sus ingresos netos y alguno de ellos debe ser fijo con el período de prueba superado o llevar más de un año en la misma empresa. Al estudio se pueden añadir avalistas en caso de que los ingresos o la antigüedad del inquilino no sea suficiente.
En este punto debemos especificar el tipo de documentos según actividad profesional.
Si son asalariados, la documentación que se solicita es:
Si son autónomos se les pide:
Y si son pensionistas:
Así que, si quieres alquilar tu piso y garantizar el pago de las mensualidades de los inquilinos, este es el mejor seguro para tu vivienda. Te permitirá olvidarte de los posibles problemas que puedan surgir porque los abogados de ARAG estarán al lado del propietario para reclamar y defender sus derechos.
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